Zonas - Acústica |
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VERIFICACIÓN METROLÓGICA ACÚSTICA
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TRADELAB, como organismo autorizado, efectúa la verificación periódica y verificación después de reparación o modificación de equipos destinados a la medición de sonido audible.
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Sonómetros, calibradores acústicos y dosímetros están sometidos a metrología legal. Son equipos que se utilizan para:
- El cumplimiento de ordenanzas municipales al objeto de proteger el medio ambiente contra las perturbaciones producidas por ruidos, vibraciones y contaminación acústica en general (Orden ITC/2845/2007).
- El cumplimiento de los requisitos sobre protección de los trabajadores frente a los riesgos derivados de la exposición al ruido durante el trabajo (Real Decreto 1316/1989, de 27 de octubre).
- El cumplimiento de diversas Directivas comunitarias que regulan los requisitos que deben cumplir determinados aparatos para no sobrepasar el nivel sonoro admisible.
Los poseedores de estos equipos sometidos al control metrológico del Estado, están obligados a solicitar anualmente la verificación periódica de los mismos.
La verificación periódica consiste en la realización, siempre por un organismo autorizado por la administración, de exámenes administrativos y metrológicos que tienen por objeto comprobar y confirmar que el instrumento mantiene las características metrológicas que le sean de aplicación.
En caso de no superar la fase de verificación o disponer de los precintos rotos, el instrumento deberá ser sometido a una reparación por una persona o entidad inscrita como reparador en el Registro de Control Metrológico.
Ver Condiciones 
La solicitud de verificación periódica se presentará, acompañada del boletín de identificación.
El plazo de validez de dicha verificación periódica es de un año.
Una vez reparado y con los precintos reglamentarios, se deberá solicitar la verificación después de reparación, previa a su nueva puesta en servicio.
Para poder efectuar la verificación periódica o la verificación después de reparación, el instrumento deberá previamente cumplir los siguientes requisitos:
Instrumentos comercializados antes de la entrada en vigor de la Orden ITC/2845/2007 de 25 de Septiembre:
- Tener aprobación de modelo
- Tener una verificación primitiva
Instrumentos comercializados después de la entrada en vigor de la Orden ITC/2845/2007 de 25 de Septiembre:
- Certificado de examen de modelo
- Certificado de conformidad
Normas que aplican en la verificación de sonómetros, calibradores acústicos y dosímetros:
Instrumento |
Norma |
Año |
Sonómetros |
UNE-EN 61672-3 |
2009 |
Sonómetros |
UNE-EN 60651 |
1996 |
Sonómetros |
UNE-EN 60651/A1 |
1997 |
Sonómetros Integrad./Promed. |
UNE-EN 60804 |
1996 |
Sonómetros Integrad./Promed. |
UNE-EN 60804/A2 |
1997 |
Calibradores Acústicos |
UNE-EN 60942 |
2005 |
Calibradores Sonoros |
UNE-EN 20942 |
1994 |
Medidores de exposición sonora |
UNE-EN 61252:1998 |
1998 |
Medidores de exposición sonora |
UNE-EN 61252/A1:2003 |
2003 |
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